¿Cómo tramitar la baja de un coche de empresa?

Hay muchas causas que pueden motivar que uno decida gestionar la baja definitiva de su coche. Puede ser que hayamos decidido sustituir el coche por otro nuevo, o que en nuestra ciudad ya no pueda circular por sus emisiones de gases. Otras razones pueden ser que hayamos decidido prescindir definitivamente de la movilidad privada y utilizar el transporte público o que simplemente queramos ahorrarnos los impuestos, seguros y mantenimiento que acarrea tener coche.

En cualquier caso, habrá que contactar con un desguace para que se encargue de que el vehículo se descontamine conforme marca la ley. Este Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, conocido por la gente de a pie como “desguace”, también tramitará la baja definitiva en la Dirección General de Tráfico, y para hacer esta gestión solicitará cierta documentación que avale y permita el proceso.

También puede ocurrir que la baja que se desee tramitar no sea definitiva, y que no sea necesario destruir el vehículo, sino que convenga sacar temporalmente el coche de circulación. Por ejemplo, por enfermedad del conductor o por un viaje largo al extranjero. En este caso, el tipo de baja que se deba tramitar será temporal.

Pueden darse distintas situaciones que requieran una u otra documentación; hoy trataremos un caso muy habitual: qué documentación se necesita para gestionar una u otra baja de un vehículo de empresa.

baja de un coche de empresa

Documentación necesaria para tramitar la baja definitiva de un coche de empresa

Supongamos que nuestra empresa está renovando su flota, o que hay una avería muy costosa en uno de sus vehículos. En este caso, deberemos contactar con el desguace y proveerle de la documentación necesaria para hacer la gestión. ¿Qué documentos nos van a solicitar? Tras hablar con los trabajadores del departamento de bajas de Desguaces Sevilla, aseguran que es un trámite más sencillo de lo que parece, porque ellos nos guían paso a paso indicando cuál es la documentación necesaria para tramitar la baja definitiva del coche, y nos envían un correo electrónico con los formularios que podamos necesitar. En cualquier caso, la documentación para realizar el trámite es la siguiente:

Identificación del coche

Siempre se solicitará la identificación del coche mediante los documentos originales de la ficha técnica y el permiso de circulación. En caso de que se haya extraviado uno de los documentos, o incluso los dos, puede adjuntarse lo denominado “declaración jurada de extravío”. Será el propio desguace quien te provea de este documento, que puede variar de un centro autorizado a otro. Antes de trasladar el coche para proceder a su destrucción se comprobará que no presenta incidencias denegatorias en la base de datos de la DGT.

Existe una aplicación para teléfono móvil donde puede consultarse el permiso de circulación del vehículo, y donde aparecen datos como el número de bastidor y exactamente a quién pertenece la titularidad: en este caso la empresa dueña del coche.

Identificación del titular

En caso de que el titular fuera una persona física, bastaría con presentar el DNI, pero dado que es una persona jurídica, la identificación del titular del vehículo pasa por la presentación de más documentos como son:

  • El DNI del administrador de la empresa.
  • Una copia del CIF.
  • Documento de representación de personas jurídicas en sustitución de las escrituras. Este formulario del que tu desguace te proveerá debe ir firmado y sellado por el administrador de la empresa.
  • Es posible que no se disponga de sello de la empresa. Consulte con su desguace cuál es el documento que debe presentar en este caso, que se da sobre todo con empresas que ya se han extinguido.
  • Solicitud de baja definitiva del vehículo, firmada y sellada por el administrador de la empresa titular.

Identificación de la persona que entrega el vehículo

Este paso puede omitirse si es el propio administrador de la empresa el que entrega el vehículo. En caso de que sea una segunda persona, se debe entregar un formulario de autorización firmado por el administrador y por la persona que se hará cargo del trámite

El propio desguace será quien facilite el documento de autorización. En ocasiones, incluso estará incluido en el documento de representación de personas jurídicas que hemos mencionado en el apartado anterior.

Posibles variaciones

Todos los formularios que vayas a necesitar serán usualmente facilitados por tu Centro de Tratamiento Autorizado, aunque pueden sufrir ligeras variaciones. Por ejemplo, pueden solicitarte los datos de la inscripción en el registro civil de la empresa en función de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el coche.

Documentación necesaria para tramitar la baja temporal de un vehículo de empresa

Puede darse el caso de que tu empresa detenga temporalmente la actividad en una delegación, que se haya producido una avería en el coche y que vaya a ser reparada más adelante, o que un ERTE detenga por completo la actividad. En estos casos, en los que necesites sacar el coche de circulación durante un tiempo, puedes optar por una baja temporal.

Esta baja no requiere la intervención de un centro de tratamiento de vehículos, y puede realizarse incluso de manera telemática, en cuyo caso, será imprescindible disponer de certificado digital o credenciales de cl@ve. Si no dispone de estos medios, la documentación a presentar en la oficina de tráfico será:

  • Identificación del titular: Igual que en el caso anterior, habrá que presentar el CIF, el DNI del administrador y este documento acreditando la administración de la empresa.
  • Impreso oficial de solicitud: Puede descargarse en este enlace y debe firmarlo el administrador de la empresa, colocando el sello para darle validez.
  • Justificante del abono de la tasa: Actualmente el importe de esta tasa es de 8.59€

El permiso de circulación del vehículo será retirado, y se entregará el documento de baja temporal para poder reactivar la circulación del vehículo.

¿Qué diferencias hay entre ambos tipos de baja de coche de empresa?

La baja temporal, supone una intención de reactivación de la circulación del vehículo. La baja definitiva implica la destrucción del coche y, por tanto, es irreversible.

Se debe matizar que cuando un vehículo está dado de baja temporal, debe estar aparcado en un lugar distinto de la vía pública, o en su defecto, deberá tener en vigor el seguro para así no incumplir la ley. Si el coche va a ser destruido, y lo que se desea es tramitar la baja definitiva, no será necesario que el seguro esté en vigor en el momento de la baja… ¡pero pueden multarte si estaba aparcado en la calle!

Es importante asegurarse que al final del rpceso se obtienen los documento oficiales. Esto puede comprobarse la veracidad de cualquier documento oficial en este enlace de la sede electrónica. ¡Cúrate en salud!

Un articulo en colaboración con Desguaces Sevilla

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