¿Está prohibido fumar conduciendo?

Muchos conductores fuman mientras circulan por carretera para calmar el estrés que provoca el tráfico, o simplemente por puro placer. Por eso, existen muchas dudas sobre si se puede fumar conduciendo. A pesar de que es una técnica peligrosa ya que puede causar distracciones, no está prohibido por ley. Aunque existen algunas excepciones.

fumar conduciendo

¿Se puede fumar conduciendo?

La respuesta más sencilla es sí, sí se puede fumar al volante. No está prohibido, sin embargo puede conllevar una sanción, ya que DGT lo considera un acto punible si supone una distracción al volante. Por lo que si el agente considera que la acción que se está llevando a cabo a la hora de fumar implica una distracción, puede multar al conductor con hasta 100 euros.

Según la Dirección General de Tráfico, el 60% de los accidentes se produce a consecuencia de distracciones al volante. Además, de este porcentaje, el 30% acaba implicando víctimas mortales. Fumar conduciendo, al igual que utilizar el teléfono móvil, son algunas de las principales razones. Y no solo a la hora de realizar el acto de fumar en si, sino a la hora de encenderlo, ya que supone una media de 4 segundos durante los cuales la atención no se centra en la conducción.

La DGT ha aprobado una nueva sanción por la que te pueden multar aunque no estés utilizando el móvil y esto puede pasar en un futuro cercano también con los cigarros, ya que es obligatorio mantener la atención permanente en la conducción. Y este es uno de los puntos más importantes que señala la DGT.

«El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, así como la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».

Artículo 18, apartado 1, “Otras obligaciones de conductor”

Además, arrojar colillas o cualquier otro objeto a la calzada también supone una sanción. Incluso puede ser considerada grave y conllevar una multa de hasta 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet.

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